martes, 20 de noviembre de 2012

EL VERSO DEL IMPUESTO AL TRABAJO. UN EJEMPLO



En la tabla, están ejemplos de lo que en España (2008) se pagaba de impuesto sobre la renta (ganancias). Elegí el ejemplo del 2008 porque es lo que encontré en un blog con las escalas, porque como ahora muchas declaraciones son electrónicas, me costaba encontrar un formulario con las escalas sin identificarme como contribuyente español.


En ese momento, en que España para los baremos clarinistas era "un país en serio", los tipos eran, por ingresos anuales:

  • Los primeros 17.707,20 de base liquidable están sujetos a un tipo del 24%.
  • Aquellos que tengan una base imponible comprendida entre 17707,20 y 33.007,20, tendran un doble tipo fiscal: Por los primeros 17707,20 pagaran el 24% descrito anteriormente, 4249,73 euros. Por el exceso, tributaran al 28%.
  • Los que cuenten con una base imponible superior a los 33.007,20 e inferior a 53407,20: una cuota fija de 8.553,73 más un 37% por cada euro que supere ese mínimo de 33.007,20.
Por ultimo, aquellos que ganen más de 53.407,20, tiene una cuota mínima a pagar de 16081,73, más un 43% sobre el exceso.

O sea, en ese momento, el mínimo era del 24%, todo lo que ganaras desde cero, hasta el 43%, todo lo que ganaras por encima de 53000 euros ANUALES (unos 4000 euros mensuales, 24000 pesos, 12 sueldos más un aguinaldo). Pero calculado por tramos, como quedó explicado arriba.

Un sistema PROGRESIVO.

Preparé dos ejemplos, uno de alguien que cobrara unos 16 mil pesos mensuales, otro que cobre 27 mil. Buenos sueldos, nada descabellado. El primero hubiera pagado el 27%, el segundo, el 32%. Y así para arriba. Y te lo descuentan mes a mes de acuerdo al tipo proyectado en los ejemplos que mostré; las deducciones (más abajo) te las hacen a la hora de hacer la declaración anual. Entonces, si te toca que te devuelvan... podés estar unos cuantos meses esperando.

Como puse en la tabla, en Alemania, en Suiza, en los países escandinavos, se paga más, en algunos casos, mucho más.

Existen deducciones, cierto es, por invertir en planes de jubilación, y según los años, por alquiler, por hijos, por compra de primera vivienda...

Pero también en los ingresos debe computarse como tal LA POSESIÓN DE UNA VIVIENDA EN PROPIEDAD, de acuerdo a unos baremos determinados.

Estas escalas y deducciones varían año a año, de acuerdo a la política fiscal, y no recuerdo que nunca se haya hecho una huelga contra la política fiscal, se gruñirá más o menos, pero nada más. No existen clarines (mirá que la prensa de allá es una catátrofe también...) que motoricen "rebeliones fiscales" con inventos como "el impuesto al salario"o el "impuesto al trabajo".

Por favor, que nadie me venga con "los servicios que reciben". Con estos impuestos, se ve a la situación que se llegó, igual. no es esa la discusión.

La discusión puede ser peso más peso menos... pero nunca decir que "eso no existe en ninguna parte del mundo" o que el gobierno viola derechos cobrando impuesto a las ganancias.

Por cierto... aparte del impuesto sobre la renta, está la seguridad social, (salud y jubilación) que es otro toco. Y aparte, pagás impuestos municipales. Y el IVA.

Basta de mentiras, basta de hacerle el juego a golpistas. La huelga de hoy es eso.

RH

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